DECLARACIÓN PÚBLICA: Parques Nacionales en la mira de Bienes Nacionales

Parque Nacional Conguillío

Declaración publicada el 19 de julio de 2019

El año pasado se anunciaba el traspaso de las Áreas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE) al Ministerio del Medio Ambiente. Este cambio tiene implicancias más profundas que un mero cambio de radicación administrativa; lo que está en la mira gubernamental es la privatización de las funciones del Estado en la gestión del SNASPE.

Un análisis somero del proyecto de ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas en ese Ministerio, demuestra que en 15 de sus artículos el único objetivo es promover las concesiones de Parques Nacionales a privados, siendo uno de los aspectos más desarrollados de este controvertido proyecto de ley. Ya ha quedado de manifiesto, con la concesión territorial del Parque Nacional Radal 7 Tazas en la Región del Maule, que se persigue fomentar el negocio del turismo por sobre la conservación de los ecosistemas. Esta la primera vez que en un Parque Nacional se concesiona TERRITORIO propiamente tal, que incluye recursos naturales prioritarios de conservación como bosques, poblaciones de fauna nativa y cuerpos de agua, y por períodos de tiempo que van de los 10 a los 25 años. Hasta ahora, CONAF sólo había concesionado servicios, sin comprometer territorio de parques nacionales, salvo superficies muy acotadas directamente relacionadas con el servicio concesionado y que no contenían valores significativos de conservación. Recientemente, el gobierno ha anunciado concesiones en 10 Parques Nacionales, con el fin de impulsar actividades turísticas. Si bien el Ministro de Bienes Nacionales ha declarado que se podrá resguardar que las futuras co-administaciones que entreguen servicios al interior de los Parques Nacionales lo hagan “respetando la biodiversidad y el patrimonio que hay dentro de cada uno de ellos”, nos parece que no se ha considerado ni transparentado lo que significan estas concesiones.

Ha de aclararse que existen dos vías paralelas para licitar, que coexisten y que no interactúan entre ellas. La primera es la histórica, que ejecuta CONAF en base a la Ley de Bosques de 1931 y es el fundamento de la mayor parte de las licitaciones de servicios que han existido hasta hoy y desde hace muchos años (servicios de alojamiento, alimentación, transporte, navegación, turismo aventura, etc.). La segunda es la que ejecuta el Ministerio de Bienes Naciones, y que nace en el año 2010 cuando se promulga la Ley 20.423 de Turismo, la que le otorga a Bienes Nacionales la facultad de licitar parques nacionales, cuando esos parques hayan sido «priorizados para el turismo» según el mecanismo que establece esa misma ley. Esta segunda vía busca el desarrollo del turismo como factor de desarrollo económico regional y la reducción del gasto fiscal, y puede implicar concesionar territorio, lo que reduce la necesidad de guardaparques estatales y que los costos operacionales se transfieran al privado concesionario.

Lo más preocupante de esta situación es que muy rara vez la administración tercerizada de Parques Nacionales funciona bien, pues el gran y permanente problema para los concesionarios es la marcada estacionalidad del negocio que acota los ingresos a 3 meses en el año. Luego la concesión fracasa y la infraestructua queda abandonada. Además, hay acciones fundamentales que debe asumir el concesionario, como: vigilancia, mantenimiento de caminos, senderos, puentes y cercos, control de caza, de ingreso de ganado, de perros asilvestrados y un largo etcétera. Tras el fracaso del negocio, todas estas acciones se interrumpen, con nefastas consecuencias posteriores.

Ya que el principio fundamental es la inalterabilidad ecosistémica a perpetuidad, es que la norma a nivel mundial es que los Parques Nacionales y áreas protegidas en general sean administradas por el Estado. De este modo no se admite riesgos de los vaivenes del mercado.

Chile ocupa uno de los últimos lugares de Latinoamérica en presupuesto público destinado a la gestión de parques nacionales, con apenas 1 US$ por hectárea de territorio protegido, y aun así CONAF ha realizado una labor que es reconocida a nivel internacional. Sólo como ejemplo, citamos el caso del Servicio de Parques de Canadá que logra un autofinanciamiento del orden del 18%. En Chile CONAF consigue un 50% de autofinanciamiento en la operación de los parques nacionales del país. Al parecer, esto no es relevante para la administración actual . Además, el presupuesto de este año destinado a la protección de áreas silvestres es significativamente inferior al del año pasado, hecho que por si sólo es muy preocupante. Los chilenos ya sabemos que la mejor estrategia para privatizar un servicio del Estado es desprestigiándolo, estrangularlo hasta que su desempeño e imagen pública sea tan mediocre que la ciudadanía termine pidiendo a gritos su privatización. Pero, ¿Cuán beneficiada termina siendo la ciudadanía con la privatización de las funciones del Estado? Una pregunta que a estas alturas es mejor responder con ejemplos más que con argumentos

¡CHILENAS Y CHILENOS DEFENDAMOS NUESTROS PARQUES NACIONALES!

Directorio AIFBN

 

Publicada el 19 de julio de 2019