OPINIÓN: Ley de Cambio Climático y monocultivos forestales

 

Por Pablo Donoso Hiriart, Director Agrupación de Ingenieros Forestales por el Bosque Nativo

Publicado el 24 de junio de 2022 en El Mostrador

 

El lunes 13 de junio fue publicada en el Diario Oficial la Ley Marco de Cambio Climático. Su objetivo (Artículo 1º) es hacer frente a los desafíos que presenta el cambio climático, transitar hacia un desarrollo bajo en emisiones de gases de efecto invernadero hasta alcanzar y mantener la neutralidad en emisiones al año 2050, adaptarse al cambio climático, y dar cumplimiento a los compromisos internacionales asumidos por el Estado de Chile en la materia. Sin duda que esta es una excelente noticia. Sin embargo, su aproximación hacia el monocultivo de especies es preocupante.

En primer lugar, define (Artículo  3o, letra p) “Refugios Climáticos” como “aquellas áreas geográficas que podrían tener capacidad de amortiguar los efectos negativos del cambio climático, permitiendo la viabilidad de sus ecosistemas y especies, o de mantener o recuperar el rol de sumidero de carbono y regulador del clima”, señalando que “En ningún caso las actividades de monocultivos de especies serán considerados refugios climáticos”. Además, la Estrategia Climática de Largo Plazo (Artículo 5o), un instrumento reconocido en el Acuerdo de París, en el que se definen los lineamientos generales que seguirá el país de manera transversal e integrada, considerando un horizonte a 30 años para el cumplimiento del objeto de esta ley. La Estrategia contendrá diversos aspectos fundamentales, incluyendo (Artículo 5º, letra c) “Niveles de absorción y almacenamiento de gases de efecto invernadero para alcanzar y mantener la meta del artículo 4°… (que señala como meta de mitigación que, a más tardar el año 2050, se deberá alcanzar la neutralidad de emisiones de gases de efecto invernadero)…, estableciendo lineamientos relativos a conservación de ecosistemas, restauración ecológica, forestación y reforestación con especies nativas, tecnologías y prácticas para la captura y almacenamiento de carbono, incluyendo consideraciones sobre las opciones de reducción de riesgos basadas en los océanos y sus efectos de mitigación. Los lineamientos no incentivarán la plantación de monocultivos forestales”.

¿Por qué esta aproximación en relación con los monocultivos forestales? En la lógica de esta ley, el no incentivo a monocultivos forestales está basado en la afirmación de que estos no contribuyen a captura de carbono (mitigación del cambio climático) ni a la adaptación al cambio climático. Ciertamente, una plantación con rotación corta (ya sea forestación o reforestación, como se señala en esta ley), que se cosecha a los 20 años o antes, a tala rasa, tiene un nivel de carbono secuestrado promedio muy reducido en comparación con un bosque o plantación de mayor edad que no es cosechado con tala rasa. El modelo actual de plantaciones de monocultivos forestales, con grandes paños en forma continua, con rotaciones cortas y grandes talas rasas, con solo pino insigne o eucaliptos, en parte establecidas luego de sustitución de bosques nativos, ha generado en forma justificada una mala opinión pública del modelo industrial de plantaciones. Se ha consolidado la imagen de que lo que es malo es el monocultivo, y no el cómo se ha manejado. Esta imagen se está traspasando a una ley.

El sector forestal chileno ha ignorado sistemáticamente la investigación nacional e internacional que existe para una adecuada silvicultura y manejo de las plantaciones, incluyendo el manejo de plantaciones monoespecíficas. En general, será más recomendable para el ambiente e, incluso, para el crecimiento de las plantaciones que, desde el inicio de su establecimiento, incluyan más de una especie. La diversidad de especies a nivel de paisaje, en mosaico, también es importante, y por cierto no a costa de sustitución de bosques nativos. En ese marco, el uso de monocultivos para contribuir a la mitigación de y adaptación al cambio climático tiene más sentido si promueve la diversidad en composición y estructura, lo que es posible con rotaciones más largas, dejando legados (algunos árboles) al momento de la cosecha o, incluso, con la finalidad de ser el puntapié inicial para la generación de bosques de cubierta continua.

Con esas consideraciones, plantar con especies nativas de rápido crecimiento (¡y vaya que crecen rápido muchas especies en Chile gracias a su clima y a sus suelos!), que se desarrollan bien al establecerse a campo abierto, como coihue, raulí, roble, ulmo, quillay, o con pino y eucalipto, puede derivar en ecosistemas forestales productivos, diversos y resilientes que provean muchos bienes y servicios, incluyendo la captura de carbono para mitigar el cambio climático. Esto puede ocurrir, incluso, si estas forestaciones o reforestaciones parten, por diversos motivos, como monocultivos. Esto se puede lograr especialmente mediante una adecuada silvicultura y manejo de las plantaciones, con la cual además se puede generar madera para la construcción y así, también, contribuir a la mitigación del cambio climático y a la carbono neutralidad en el sector de la construcción, que es uno de los principales emisores de carbono a la atmósfera. Esto se llama silvicultura climáticamente inteligente.

Esta ley ilustra que no solo el sector forestal ha ignorado los avances de las ciencias forestales en materia de plantaciones, sino que hay políticas públicas que tampoco se basan en la ciencia.

Por Pablo Donoso Hiriart, Director Agrupación de Ingenieros Forestales por el Bosque Nativo