FOTO: PAMELA OLATE
Publicado el 13 de noviembre de 2020
Este jueves 12 de noviembre la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el Recurso de Protección interpuesto por la Sociedad Nacional de Agricultura en contra del dictamen del Contralor que declaró ilegales los Planes de Manejo de Corta de Bosque Nativo para Recuperación de Terrenos con Fines Agrícolas.
En un documento de 15 páginas (Sentencia CA Stgo SNA), se detallan los argumentos que respaldan esta decisión, y también los expuestos por el Ministro Juan Cristóbal Mera, con voto disidente. El escrito fue redactado por la Ministra Lilian Leyton Varela.
El Recurso de Protección fue interpuesto por la Sociedad Nacional de Agricultura tras el dictamen de Contraloría General de la República del 16 de marzo de 2020, el que disponía: “instrúyase el término de los procedimientos de ingreso de solicitudes de planes de manejo de corta de bosque nativo para recuperación de terrenos con fines agrícolas”. Es decir, ya no se podría contar con autorización de CONAF para eliminar vegetación nativa en determinadas condiciones, y luego establecer en esos suelos cultivos agrícolas, como plantaciones de paltos u otros.
En el recurso interpuesto, se esgrimían una serie de argumentos como “habilitación de suelos improductivos, cuya finalidad no es cortar bosques nativos, sino plantar especies alimenticias generadoras de riquezas, limpiando suelos sin valor ambiental, económico o paisajístico”….”desde el inicio de la discusión de la Ley 20,283, sobre Protección del Bosque Nativo, se advirtió una corriente “ecologista profunda” que pretendía evitar la corta de toda clase de vegetales, aunque ello implicara frenar el desarrollo agrícola”. Argumentan, además, que habría una equivocada interpretación de la Ley, que los efectos de esto afectaría derechos fundamentales (en relación con los supuestos muchos agricultores que se verían perjudicados por inversiones hechas o por hacer), y que la resolución excede las competencias de la Contraloría. Al mismo tiempo, y en respaldo del rechazo de este Recurso de Protección, se sostiene que el Plan de Manejo en discusión no es compatible con el objetivo de la Ley de Bosque Nativo (dictada con posterioridad), que se argumenta que los terrenos que se pretenden utilizar están cubiertos de maleza y espinos, evaluando por sí mismo las especies, olvidando que son los tribunales ambientales los encargados de resolver en estas materias. Destaca que el significado de la Ley 20.283 “se inscribe en el ámbito de la inquietud mundial por la disminución de los recursos vegetacionales nativos y la pérdida de la biodiversidad que ello conlleva, así como en la antigua aspiración de personas e instituciones ligadas la actividad forestal en Chile por incorporar ordenada y racionalmente al bosquenativo a un ciclo productivo que aparezca legitimado por toda la sociedad”.
Todo esto surge a raíz de acciones de la comunidad de Las Cabras (VI Región), que tomaron cartas en el asunto al ver cómo los cerros de la localidad iban siendo desprovistos de su vegetación original, reemplazándolas por cultivos agrícolas -en particular, plantaciones de paltos. Esto dio origen a una Comisión Investigadora de los actos de CONAF, SII y otros órganos, en la Cámara de Diputadas y Diputados. La Agrupación de Ingenieros Forestales por el Bosque Nativo -AIFBN participó en esta comisión y realizó una serie de acciones, entre ellas la de ingresar, junto a la Diputada Alejandra Sepúlveda, un requerimiento a Contraloría General de la República para determinar la legalidad de los Planes de Menjo en cuestión (ver https://bosquenativo.cl/acciones-aifbn-e-historia/).
La AIFBN celebra esta resolución, que es consecuencia del esfuerzo y perseverancia de la sociedad civil organizada y se satisface de haber podido aportar los antecedentes técnicos necesarios para que la voz de la comunidad sea escuchada, y de haber ayudado a convocar a otros actores que se hicieron parte de esta causa. Sin embargo, esta disputa aún no está totalmente zanjada. La Sociedad Nacional de Agricultura tiene plazo este miércoles 18 de noviembre para apelar ante la Corte Suprema.
Más información sobre historia, prensa y documentos está disponible en la sección “Planes de Manejo y Habilitación Agrícola” de la web bosquenativo.cl
Publicado el 13 de noviembre de 2020